Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso – Administrativo), por la que se estima el recurso interpuesto por la Asociación de Importadores y Distribuidores de Acero para la Construcción, y se declara nulo tanto el Anejo 19 de la EHE-08 como los párrafos séptimo y octavo del art. 81 de la misma (que definen y regulan el sistema de Distintivos de Calidad Oficialmente Reconocidos, estableciendo los requisitos que deben cumplir). Esta anulación supone que ningún suministro de acero a obra estará eximido de realizar el control de recepción mediante ensayos.
SENTENCIA